¡Hola bbs! 🤩 La Sociedad Conyugal es uno de los temas que más asusta en el examen de grado, pero con la estructura correcta se puede dominar. ¡Vamos paso a paso!
¿Qué es la Sociedad Conyugal?💍
Es un régimen matrimonial-patrimonial que constituye la regla general en nuestro derecho. Si los cónyuges no pactan otro régimen al momento de casarse, quedan automáticamente bajo este.
¿Cuántos patrimonios debes distinguir?🧩
Aquí está la clave: debes distinguir CUATRO patrimonios:
1. El patrimonio de la Sociedad Conyugal
2. El patrimonio propio del marido
3. El patrimonio propio de la mujer
4. El patrimonio reservado de la mujer
¿Cómo es la estructura general? 🏗️
Cada patrimonio se compone de un ACTIVO y un PASIVO. El activo es lo que tengo, y el pasivo es lo que resto de lo que tengo.
Dentro de cada activo y pasivo debes subdistinguir:
📌 Haber absoluto: lo que definitiva e irrevocablemente se tiene o se resta de lo que tengo.
📌 Haber relativo: lo que en teoría o aparentemente existe en un patrimonio o se le resta, pero no de forma irrevocable, sino que puede generar una recompensa o devolución posterior.
Patrimonio de la SC: Activo💰
Haber absoluto:
1. Salarios de empleos devengados durante el matrimonio
2. Indemnizaciones obtenidas a consecuencia del trabajo
3. Bienes muebles o inmuebles que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio a título oneroso
Haber relativo:
1. Bienes muebles aportados al matrimonio
2. Muebles adquiridos durante el matrimonio a título gratuito
3. Parte del tesoro que la ley asigna al descubridor
Patrimonio de la SC: Pasivo 📤
Pasivo absoluto:
1. Cargas y reparaciones usufructuarias de los bienes sociales o propios
2. Lasto de toda fianza, hipoteca o prenda constituida por el marido
3. Deudas contraídas durante el matrimonio por el marido o por la mujer con mandato general o especial del marido
Pasivo relativo:
1. Deudas personales de cada cónyuge
2. Indemnización por perjuicios causados a la sociedad con dolo o culpa grave
3. Pago de multas que la sociedad haga en razón de un delito o cuasidelito cometido por alguno de los cónyuges
Patrimonio Propio de cada Cónyuge 👫
1. Inmuebles que tengan al momento de contraer matrimonio
2. Inmuebles adquiridos durante la vigencia de la SC a título gratuito
3. Aumentos experimentados por los bienes propios de cada cónyuge
4. Muebles excluidos de la Sociedad Conyugal
5. Bienes que ingresan al haber propio a consecuencia de una subrogación
6. Bienes muebles o inmuebles adquiridos por la mujer en virtud del Art. 166 del Código Civil
Las Recompensas⚖
Son una especie de "ajuste de cuentas" que:
- Los cónyuges se deban entre sí
- Que uno de estos deba a la SC
- Que la Sociedad deba a ellos
Sus objetivos son:
- Evitar el enriquecimiento de un patrimonio a expensas de otro
- Evitar donaciones disimuladas
- Evitar abusos del marido respecto de la administración de los bienes
- Corregir excesos de una administración mal intencionada
Patrimonio Reservado de la Mujer👩
La mujer casada, de cualquier edad, puede dedicarse libremente al ejercicio de un empleo, oficio, profesión o industria, y se mira como separada de bienes respecto del ejercicio de ese empleo y de lo que en ellos adquiera.
La expresión "patrimonio reservado" es más general que la de "peculio profesional o industrial", porque el patrimonio reservado, además de estar compuesto por el producto del trabajo de la mujer, también comprende los bienes adquiridos por ésta con dichos productos.
📌 Lee el Art. 150 del Código Civil. Este patrimonio también se compone de un activo y un pasivo.
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